Por Qué Roe vs Wade Debía Caer

Lo que sigue a continuacion es una transcripción fiel de la fuente en el enlace.

 FUENTE: https://scholar.valpo.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1204&context=law_fac_pubs

Dicha fuente también incluye artículos científicos y libros que critícan a Roe v Wade. 

RESUMEN: Quizás mayormente a causa del poder económico de los Estados Unidos, su alta jurisprudencia constitucional suele tener mucha influencia en otros países. En particular, la sentencia de la Corte Suprema norteamericana Roe v. Wade, que declaró un derecho al aborto durante todo el embarazo, puede conducir a la legalización del aborto a petición por los grandes tribunales de otras naciones. Pero antes de intentar de andar este surco abierto por la Corte estadounidense, los otros tribunales desearán saber que la sentencia ha sido rotundamente rechazada por fuentes bastante sorprendentes. El razonamiento de Roe ha sido rechazado por los peritos académicos personalmente a favor del aborto, por la legislación federal norteamericana que alcanza proteger el no-nacido a pesar de Roe, por el Tribunal Constitucional alemán, posteriormente por la misma Corte Suprema (en que no ha reafirmado ni extendido el razonamiento de la sentencia y la ha dejado sobrevivir simplemente a causa de la doctrina anglosajona del precedente vinculante), por la demandante “Roe” misma (la señora Norma McCorvey) quien indica que su pleito carecía de verdad fáctica, y (más sorprendente de todo) por los jueces autores originales de la sentencia quienes en sus papeles privados indican que ni entendían ni apoyaban el significado de lo que escribían. El artículo termina con una mirada a la razón fundamental de rechazar a Roe. No es tanto que Roe v. Wade tenga un concepto falso de que es el ser humano que esta por nacer, sino que le falta buscar concepto alguno y así carece del fundamento básico de todo argumento racional. 

El 22 de enero de 1973, en su sentencia Roe v. Wade, la Corte Suprema de los Estados Unidos de América declaró que el no nacido no disfruta de ninguna protección constitucional antes de salir del vientre materno. Es más: antes de la llamada “viabilidad”, alrededor de las 26 semanas del embarazo en 1973, ni por ley puede el Estado restringir el aborto para el bien del feto; no puede requerir, por ejemplo, que haya beneficio significativo para la madre para que se aborte. E incluso cuando es viable, el feto in útero cuenta sólo como una vida humana en potencia, y por tanto puede ser abortado por razones de salud materna4 extremamente amplias, hasta el nacimiento mismo. Basándose en un recientemente reconocido derecho constitucional (no textual pero supuestamente fundamental) a la “privacidad”, Roe promulgó un derecho de abortar a petición casi absoluto durante los nueve meses del embarazo. 

El rechazo a la sentencia Roe v. Wade se ha profundizado y se ha extendido a través del tiempo y de las siguientes generaciones. Muchos expertos en derecho constitucional, estando tanto a favor como en contra del aborto, han criticado el fallo Roe por no estar fundamentado en nuestra Constitución. La Corte Suprema, dicen ellos, simplemente inventó el derecho al aborto en un acto de activismo judicial.

Claro que este tipo de crítica es bastante común después de muchas sentencias judiciales. Pero lo extraordinario es que los dos bandos, pro- y anti- aborto, están de acuerdo en afirmar la ausencia de fundamento constitucional en Roe. Aún entre los peritos que defienden el aborto, quienes por lo tanto favorecen el resultado de Roe, la gran mayoría no se convence por los argumentos de la Corte.

Puede influir aquí el hecho de que en los últimos años, por razones democráticas, se ha disminuido el apoyo para una “Constitución Viviente” construida por el activismo judicial, especialmente entre los profesores de izquierda. Ya que Roe tiene fama de ser una de las decisiones menos fundadas en toda la jurisprudencia de la Corte Suprema, el rechazo del activismo tiene que implicar un rechazo de Roe.

El legislador estadounidense, también ha rechazado la doctrina de la Corte según la cual la ubicación de la criatura (dentro o fuera del vientre) puede determinar si se trata o no de una vida humana. La mayoría de los estados norteamericanos actualmente califican la muerte de un niño no nacido como un tipo de homicidio (un acto de matar a un ser humano actual, no sólo potencial) si es cometido sin permiso de la madre. (Tales leyes han sido declaradas plenamente constitucionales debido a que Roe no prohíbe el castigo de los abortos que se cometen sin el consentimiento de la madre.) Algunos de esos estados no protegen al embrión en las primeras semanas de su vida, pero muchos lo hacen. En Minnesota, por ejemplo, una persona que mate intencionalmente a un embrión humano recién concebido, al atacar a su madre, puede ser condenada a cadena perpetua por el “asesinato de un niño no nacido”. Y, en el 2004, se agregó al código federal una ley muy similar: la Ley de las víctimas de la violencia no nacidas, en respuesta al trágico asesinato de Laci Peterson y su hijo no nacido, Conner. Esta ley otorga al niño no nacido, en todo momento de su desarrollo prenatal, la misma protección que la ley federal dispone para su madre (en un ataque contra ella).

De manera muy parecida, el Tribunal Constitucional alemán (el de posiblemente más prestigio en Europa) ha rechazado, en dos sentencias sobre el aborto mismo, la doctrina de Roe que el feto es sólo una potencia de vida humana. Rechazando explícitamente a seguir Roe v. Wade, el Tribunal afirmó en 1975 que el niño no nacido está constitucionalmente protegido durante todo el embarazo: “El proceso de desarrollo… es un proceso continuo que no muestra ninguna demarcación pronunciada y que no permite ninguna división precisa de las distintas etapas de desarrollo de la vida humana. El proceso no finaliza ni siquiera con el nacimiento; los fenómenos de la conciencia que son específicos de la personalidad humana, por ejemplo, aparecen por primera vez bastante tiempo después del nacimiento. Por lo tanto, la protección… de la Ley Fundamental no puede limitarse ni al ser humano “realizado” después del nacimiento ni al niño a punto de nacer que es capaz de vivir independientemente… (ni) puede efectuarse aquí ninguna distinción entre las diversas fases antes del nacimiento de esta vida que se desarrolla a sí misma…”. Si no protegemos la vida humana durante todo el embarazo, según el Tribunal alemán, estamos de vuelta en un sendero tipo nazista hacia la negación de la inviolabilidad del individuo. Posteriormente, en 1993, el Tribunal alemán explica simplemente que donde hay vida humana hay siempre dignidad humana, y donde hay dignidad humana hay siempre el derecho fundamental a la vida. Y más: A diferencia de la sentencia de 1975, que habló del no nacido sólo como un “bien jurídico”, la de 1993 indica varias veces que el feto tiene derecho “propio” (“eigenes”, en alemán) a la vida, que indicaría un derecho constitucional subjetivo.

La Corte Suprema estadounidense misma ha rehusado la oportunidad de reafirmar el razonamiento de Roe v. Wade. Desde 1992, en la sentencia Casey v. Planned Parenthood, la Corte ha dejado de caracterizar al derecho al aborto como “fundamental” y de basarlo en la “privacidad”. Toda la teoría de la privacidad, que se resaltó tanto en Roe, se ha abandonado en la jurisprudencia constitucional. (Hoy en día, la Corte habla solamente de la protección de la “libertad”, no de la “privacidad”, cuando habla de actividades íntimas. Ha abandonado también su división previa del embarazo en “trimestres”.) Además, en Casey, la Corte por primera vez indica que el no nacido puede llamarse un hijo vivo durante todo el embarazo: “Aún en las etapas del embarazo más tempranas, el Estado puede… alentar a [la madre] que sepa que hay argumentos filosóficos y sociales de gran peso…a favor de la continuación delembarazo…y que [su] decisión contemple las consecuencias [de un aborto] para el feto”. Agrega que el Estado mismo “puede expresar respeto profundo por la vida del no nacido” y habla en otra parte de “la vida del hijo que lleva [ella]”.

¿Por qué, entonces, si en el caso Casey se abandonaron la premisas principales de la sentencia de Roe, no se abandonó su conclusión de que hay un derecho constitucional de abortar? La Corte responde que la doctrina del precedente vinculante (stare decisis) prohíbe que se revoque el resultado de una sentencia simplemente porque ha sido “decidido erróneamente”. Admitir errores grandes puede ser especialmente peligroso para la Corte: “Hay un límite a la cantidad de error que puede ser convincentemente imputada a las Cortes previas”. Exceder este límite haría que “la legitimidad de la Corte se debilitara”. Incluso, si una sentencia ha sido de gran controversia pública, ésta adquiere más fuerza vinculante, según Casey, porque anularla podría parecer rendirse ante la presión política. Por lo tanto, “una decisión de anular el juicio esencial de Roe en las circunstancias actuales trataría de error, si es que hubo error, al costo de daño profundo e innecesario a la legitimidad de la Corte y al compromiso de la Nación al Estado de Derecho”.

Es decir, admitir que el fallo Roe (el que aprobó el aborto libre o a petición) incurre en un gran error en su resultado implicaría, según estos jueces de la Corte Suprema, una inaceptable pérdida de prestigio para dicho tribunal. Así somos todos. Sentimos la tentación de no admitir nuestros errores, especialmente los errores grandes. Por eso es de suma importancia hacer un gran esfuerzo de no emprender un camino equivocado.

A pesar de que el fallo Casey se basó en el carácter vinculante de precedente Roe, Roe no ha podido vincular mucho en cercanos campos jurídicos, en cuanto al derecho de terminar una vida. Por ejemplo, la Corte Suprema no aprobó el argumento que venía del Noveno Circuito según el cual la gente enferma “no viable” (los que no pueden vivir independientemente) perdería la absoluta inviolabilidad jurídica de su vida. Y la mayoría de la Corte, después de unos años de batalla judicial, en 2007 rechazó el argumento (de dos de sus jueces) de que hay que aprobar un derecho constitucional a succionar el cerebro hasta durante el parto mismo, porque tal acto no es (en las palabras de los dos jueces) más “brutal”, “truculento”, “cruel” y “doloroso”, que el acto ya aprobado por el fallo precedente y vinculante Roe, durante el cual el feto (todavía escondido dentro de su madre) es desmembrado vivo, y sus miembros y luego su tronco son extraídos pedazo a pedazo, antes de que la cabeza sea finalmente aplastada.

Más sorprendente puede ser la revelación que la base fáctica de la decisión Roe fue errónea. La demandante Norma McCorvey, que tenía el pseudónimo de “Jane Roe” durante el pleito, se ha confesado ante un comité del Senado federal que había mentido: “ No pasó como dije en el afidávit sometido a la Corte Suprema…. ¡Mentí! [Las abogadas] precisaban un caso extremo para que las cortes se apiadaran de su cliente. Una violación parecía buena idea. ¿Y qué hace la violación todavía peor? ¡Una violación por pandilla!”. Ha dicho también que los argumentos que ella hizo a la Corte a través de sus abogadas fueron falsos en cuanto a la supuesta falta de daño del aborto a las mujeres en general, y ha intentado rectificarlos en un nuevo pleito, sin que este haya sido cogido por las cortes.

Quizás lo más sorprendente de todo ha sido la revelación reciente de que el mismo autor de esta sentencia de 1973 no quiso aprobar el aborto libre. Los papeles del redactor de la sentencia, Justice Harry Blackmun, que se abrieron por primera vez en 2005, revelan que Blackmun verdaderamente no pensaba que había aprobado el aborto a petición. Parece que los jueces de la mayoría en Roe creían que, aún en el primer trimestre, la sentencia solamente liberaba al médico para seguir su juicio profesional sobre si un aborto era necesario para la salud de la mujer embarazada. No habrán imaginado que hubiera una gran cantidad de médicos dispuestos a hacer un aborto a la sola petición del cliente, como de hecho ocurrió a corto plazo después de Roe. Es decir, los mismos autores de la sentencia Roe fueron los primeros en rechazar su impacto real.

Sin embargo, todavía no hemos tocado directamente el rechazo más a fondo, el rechazo de Roe v. Wade que viene de la razón misma. Volvamos a su error fundamental: Según el fallo Roe v. Wade, la ubicación –dentro o fuera del vientre materno– determina si existe actualmente una vida humana y si es digna de protección. Es una extremadamente arbitraria descripción del desarrollo del ser humano.

El autor cree que esta misma arbitrariedad está en la base de muchos de los malentendidos sobre el aborto. Incluso en otros países, hay gente que habla como si la ubicación del niño dentro o fuera de la matriz materna fuera decisiva, como si los mismos principios de los derechos humanos no tuvieran que aplicarse tanto al no nacido como al nacido. El caso Roe es un caso ejemplar que puede mostrar a la vez la falacia y el peligro que trae esta arbitrariedad.

Demos una mirada otra vez a la opinión de la Corte en el caso Roe y al argumento metafísico falaz que éste utilizó como apoyo. He aquí un extracto del resumen final de Roe: 

“Para la etapa subsiguiente a la viabilidad, el Estado en función de promover su interés en la potencialidad de la vida humana, puede, si lo desea, regular e incluso prohibir el aborto, excepto cuando éste sea necesario, según un dictamen médico apropiado, para preservar la vida o la salud de la madre”.  

Nótese que la Corte dice ahí que un Estado no tiene que proporcionar ninguna protección para una criatura no nacida que es totalmente viable (capaz de sobrevivir fuera del vientre de su madre). No hay protección alguna a menos que el Estado “desee” establecer normas para los abortos tardíos. E incluso si decide reglamentar los abortos después de la viabilidad, el Estado todavía deberá permitir el aborto para preservar “la salud” (no solamente la vida) de la madre.

Roe después cita el caso que lo acompañó, titulado Doe v. Bolton, para la definición que la Corte hace de “la salud”, la cual incluye: “todos los factores –físicos, emocionales, psicológicos, familiares, y la edad de la mujer– que tienen que ver con el bienestar del paciente”. Una mujer que obtiene el divorcio en su octavo mes de embarazo, por ejemplo, podría (como persona ahora soltera) desear abortar a su hijo por razones “familiares”. Realmente, puesto que prácticamente no existe ningún tipo de aborto a voluntad que no incluya uno o más factores tan amplios como éstos, Roe v. Wade puede resumirse como un mandato que autoriza el aborto electivo en cualquier momento del embarazo, hasta el momento mismo del nacimiento.

¿Cómo pudo la Corte Suprema dejar a todos los niños no nacidos sin casi ninguna posibilidad de ser protegidos por la ley? El fundamento lo encontramos en el párrafo que ya hemos citado: Aun inmediatamente antes del nacimiento, la criatura es supuestamente sólo una vida humana en potencia. Nuestro más alto tribunal asegura no saber si hay alguna criatura por nacer que sea verdaderamente humana y que esté viva.

Esta ignorancia no proviene de la Constitución ni de la ley; la Corte hace una aseveración no jurídica acerca de la naturaleza del desarrollo humano. Roe sostiene que el cambio de ubicación (desde adentro hacia afuera del vientre materno, el paso a través del canal del parto) puede convertir un ser humano potencial en ser humano actual y verdadero. Un niño no nacido que a los 9½ meses de gestación está fisiológicamente pasado de tiempo; es sin embargo considerado sólo una “potencialidad”, mientras uno de siete meses es una vida humana real si él o ella emerge prematuramente del útero. El abortista tiene que ser muy cuidadoso en asegurarse de que cada niño que remueve del vientre esté muerto de antemano. Si hace algo que cause la muerte del niño un momento después de emerger éste, puede ser culpable de asesinato.

Pero esto no tiene sentido. Lo que es algo no depende de dónde esté. La forma en que algo está siendo percibido puede cambiar con su ubicación, pero no lo que es en sí mismo. Podemos relacionarnos con un bebé de muchas nuevas maneras (cargarlo, contemplarlo, etcétera) después de que nace, pero sabemos que es el mismo ser que estaba vivo y pateando en el vientre de su madre poco tiempo antes. No es simplemente que la Corte haya juzgado mal en el caso Roe, sino algo mucho peor. Abandonó la razón por completo en favor de una estipulación totalmente arbitraria, acerca de cuándo ha de considerarse que comienza la vida humana.

Puede que no nos importe que la Corte Suprema arbitrariamente trace una línea en un área menor de los procesos de la ley. Pero Roe concierne al más fundamental de todos los asuntos, la cuestión de quién pertenece a la comunidad humana. Un concepto plausible de “quién cuenta” como ser humano es el punto de partida necesario para todo razonamiento jurídico y ético.

He aquí una analogía: Yo vería como racional (aunque estaría en desacuerdo con él), a alguien que argumentara que la pena de muerte es permisible porque los intereses de los asesinos son menos importantes que los intereses de la sociedad. Pero, me quedaría atónito ante alguien que afirmara, que tan pronto un acusado es condenado por un crimen horrendo, cesa de estar vivo o de ser humano, y puede por tanto ser destruido sin remordimiento alguno. Presentar un argumento así no sería simplemente razonar mal sino abandonar enteramente la razón, dejándonos sin nada que decir el uno al otro. ¿Cómo podemos conversar si el más claro de los puntos de partida ha sido abiertamente negado?

Por tanto, una razón fundamental por la cual el fallo Roe v. Wade debe ser derogado es ésta: Compromete a nuestra nación a tener una definición totalmente irracional sobre quienes somos, y por tanto sobre la dignidad y los derechos que tendremos. Por ejemplo, los que apoyan el aborto por supuesto quieren defender el fallo Roe. Pero ninguno de ellos ha podido jamás explicar cómo es que un ser no vivo y humano recibe mágicamente la vida y se convierte en un ser humano simplemente por pasar a través del canal del parto. Por tanto, a veces exigen obediencia ciega a la Corte Suprema, quizás afirmando que no hay ninguna respuesta científica con respecto a quien está vivo o es un ser humano. Por tanto, la respuesta que proporciona Roe es tan buena como cualquier otra. Desde luego, en principio no pueden objetar si la Corte priva a otro grupo de sus derechos ante la ley (por ejemplo, del derecho a la vida a aquellos que están mentalmente impedidos). O, aún más, los que están a favor del derecho al aborto podrán estar de acuerdo con nosotros en que no hay ninguna diferencia de naturaleza entre el nacido y el no nacido, pero después podrían querer extender el alcance de Roe, afirmando que el infanticidio post-natal no es tampoco intrínsecamente malo. (Esta es la postura del profesor de la Universidad de Princeton, Peter Singer, y aparentemente de todo filósofo que apoya el derecho que otorgó Roe al aborto durante todo el embarazo . Dudo que muchos pudieran hacer afirmaciones tan extremas, si no se sintieran movidos a defender lo indefensible, esto es, a defender el fallo Roe v. Wade.)

De acuerdo a Roe v. Wade, hoy día muchos afirman que los juicios tanto sobre los hechos como sobre los valores son simplemente estipulaciones que, por tanto, no necesitan ser comprobadas con la realidad. Esto es una excusa para ser indiferentes ante los puntos de vista de los demás. Como resultado, la conversación se convierte en algo imposible. Muchos se desalientan con discursos lógicos y clarificadores, y se sumen en la apatía. Si Roe no ha causado por sí mismo este colapso del razonamiento público, ciertamente ha contribuido poderosamente al declive del debate civil en nuestra nación, y no sólo en lo que concierne al aborto. Los derechos humanos y naturales, por el contrario, requieren la razón como fundamento esencial para la ley.

Si el fallo Roe v. Wade es derogado por la Corte Suprema en el futuro, el debate sobre el aborto no terminará. Más bien, solo comenzará. No podemos estar seguros de que el lado pro-vida triunfará en un voto democrático. Pero, al menos podemos insistir en que los legisladores que favorecen el aborto expliquen por qué el latido de un corazón no prueba que existe vida a las tres semanas de gestación, y a qué especie pertenecen nuestros bebés no nacidos si no son humanos. Podemos pedir una respuesta racional a nuestro más fuerte argumento no religioso: “¿No eras tú un feto, y un embrión humano antes de eso? ¿No eres el mismo organismo, el mismo ser, que eras un momento después de la concepción –sólo que ahora estás más desarrollado?”.

Espero sea de utilidad para una conversación desapasionada sobre el tema. En lo personal, veo algunas preguntas que deben responderse antes de iniciar esta conversación con alguien, a fin de establecer si se coincide o no en las bases de la conversación.

1. Cuál es el valor jerárquico de la vida humana?

2. Que define a un ser humano (de allí, el no-nato es uno?)?

3. Se deben establecer jerarquías entre los seres humanos, osea, la vida de unos vale mas que la de otros? Cuál sería el criterio para ello?

3. Hay opciones que puedan garantizar la vida de dos seres humanos, indistintamente de las consecuencias socio economicas?

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